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¿Es la defensa de la vida una cuestión de religión? A juzgar por el Juramento de Hipócrates, podría decirse que algo hay de eso, ya que el padre de la medicina ponía como testigos supremos de su deber profesional a los dioses en los que creía.
Lo curioso es que el contenido moral del juramento, formulado unos cuantos siglos antes de la Era Cristiana, sea tan similar al cristiano, no obstante las diferencias tan marcadas entre las creencias paganas de Hipócrates y cualquiera de las confesiones monoteístas.
En realidad, lo que deberíamos preguntarnos es: ¿Cuál es el papel de la religión en nuestra vida, en la idea misma que tenemos de la vida? ¿Cuáles son los derechos que asisten a las religiones para orientar -de manera racional- el destino de los pueblos, teniendo en cuenta que ellas han sido el faro que ilumina sus proyectos esenciales de vida desde que el ser humano es consciente de su presencia en la tierra?
Por supuesto, también tendríamos que preguntarnos cuál es el fundamento racional de nuestra fe y por qué deberíamos confiar en él para ayudarnos a forjar proyectos de vida en este mundo, con miras al venidero.
Por lo pronto, el Juramento original de Hipócrates nos sirve como elemento de reflexión sobre la razón para que confluyan y se mantengan, a lo largo de los siglos, principios tan elementales sobre el sentido del ejercicio médico en cualquier lugar del planeta.
Juramento de Hipócrates
Juro por Apolo, médico, por Esculapio, Higías y Panacea y pongo por testigos a todos los dioses y diosas, de que he de observar el siguiente juramento, que me obligo a cumplir en cuanto ofrezco, poniendo en tal empeño todas mis fuerzas y mi inteligencia.
Tributaré a mi maestro de Medicina el mismo respeto que a los autores de mis días, partiré con ellos mi fortuna y los socorreré si lo necesitaren; trataré a sus hijos como a mis hermanos y si quieren aprender la ciencia, se la enseñaré desinteresadamente y sin ningún género de recompensa.
Instruiré con preceptos, lecciones orales y demás modos de enseñanza a mis hijos, a los de mi maestro y a los discípulos que se me unan bajo el convenio y juramento que determine la ley médica, y a nadie más.
Estableceré el régimen de los enfermos de la manera que les sea más provechosa según mis facultades y a mi entender, evitando todo mal y toda injusticia. No accederé a pretensiones que busquen la administración de venenos, ni sugeriré a nadie cosa semejante; me abstendré de aplicar a las mujeres pesarios abortivos.
Pasaré mi vida y ejerceré mi profesión con inocencia y pureza. No ejecutaré la talla (castración), dejando tal operación a los que se dedican a practicarla.
En cualquier casa donde entre, no llevaré otro objetivo que el bien de los enfermos; me libraré de cometer voluntariamente faltas injuriosas o acciones corruptoras y evitaré sobre todo la seducción de mujeres u hombres, libres o esclavos.
Guardaré secreto sobre lo que oiga y vea en la sociedad por razón de mi ejercicio y que no sea indispensable divulgar, sea o no del dominio de mi profesión, considerando como un deber el ser discreto en tales casos.
Si observo con fidelidad este juramento, séame concedido gozar felizmente mi vida y mi profesión, honrado siempre entre los hombres; si lo quebranto y soy perjuro, caiga sobre mí la suerte contraria.
(Versión del griego, por el R.P. Manuel Briceño Jáuregui, S.J.) |